El Aeropuerto de Castellón contratará controladores irlandeses
AENA rechazó al posibilidad de que sus controladores fueran los que llevaran estos asuntos y, desde entonces, representantes del aeropuerto han contactado en diferentes países europeos con empresas que realizaran esta labor y que estuvieran dispuestas a llevar el control aéreo de la instalación situada en Vilanova d´Alcolea y Benlloch. De esta forma y según lo adelantado por Juan José Ortiz en la Cadena COPE, se abrirían todavía más las puertas para que Ryanair, empresa irlandesa, decida operar en el aeropuerto castellonense.
Declarada nula la aplicación del RdL que varía las condiciones laborales de los controladores
El juzgado de lo Social número seis de Granada ha declarado nula la modificación “sustancial” de las condiciones de trabajo de los controladores aéreos del centro de trabajo de Granada Torres de Control, y señala la obligación de Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA) de “dejarla sin efecto y reintegrar a los trabajadores en las condiciones preexistentes”.
En la sentencia del juzgado de lo Social de Granada, a la que tuvo acceso Europa Press, del pasado 10 de junio de 2010, señala como hecho probado que AENA, a raíz de la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado 5 de febrero de 2010 del Real Decreto-Ley 1/2010, “ha impuesto a todos los controladores aéreos una modificación sustancial de sus condiciones de trabajo, en lo que respecta a jornada, horario y sistema de turnos”.
La demanda que fue presentada por la Unión Sindical de Controladores Aéreos (USCA) contra AENA sobre conflicto colectivo, y el juicio se celebró el 7 de junio de 2010, a las 12,30 horas, pide la nulidad de la modificación colectiva de las condiciones de trabajo, al no haberse observado el procedimiento para el mismo. Este procedimiento, según indica, se basa en un período previo de consultas con la representación de los trabajadores de una duración no inferior a 15 días naturales y un período de preaviso de aplicación de la medida —30 días a la fecha efectiva de la aplicación—.
La sentencia señala que los cambios en las condiciones laborales de los once trabajadores de la Torre de Control de Granada suponen “una variación del número de horas en que un controlador debe prestar servicio de manera efectiva, disminución de los períodos de descanso, eliminación de la programación de los servicios de mañana en jornada laboral de lunes a viernes y alteración del orden de turnos”.
Asimismo, la sentencia indica que el nuevo sistema de turnos derivado de los cuadrantes aprobados con base en el Real Decreto-Ley supone una alteración del tiempo de descanso de los controladores.
De esta manera, la sentencia afirma que “se ha concretado el tiempo de trabajo, el de descanso y los turnos, pero no se ha cumplido esa notificación con el preaviso legal, ni para cada trabajador, ni para los representantes legales, de manera que no cabe sino estimar en esta parte la demanda y declarar la nulidad de la decisión adoptada”.
Además, destaca que AENA “no ha abonado” a sus controladores ningún tipo de indemnización desde la entrada en vigor del Real Decreto-Ley.
El 5 de febrero se publicó en el BOE el Real Decreto-Ley 1/2010, que fue convalidado por resolución el 11 de febrero del Congreso de los Diputados. Tras la entrada en vigor de dicha norma se han producido reuniones negociadoras entre AENA y la Unión Sindical de Controladores Aéreos (USCA).
Por último, apunta que esta resolución no es firme y contra ella se puede interponer recurso de suplicación dentro de los cinco días siguiente a su notificación.
Vía Europa Press
El Aeropuerto de Asturias sin ILS el mes de Julio.
Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA) ha comunicado a las aerolíneas y a los pilotos que el aeropuerto de Asturias tendrá fuera de servicio el sistema que permite el aterrizaje en condiciones de niebla, conocido como ILS. Han quedado anuladas todas las aproximaciones de aeronaves apoyadas en este sistema instrumental y la medida comenzará a las cero horas del próximo martes y se prolongará hasta las seis de la tarde del 30 de julio. Es decir, prácticamente todo el mes. El ILS del aeropuerto asturiano ha vivido en la polémica desde su instalación en la cabecera de la pista 29. Y es que fueron varias las compañías que se negaron a su utilización. Ese asunto aún no ha quedado resuelto de forma definitiva, ya que, desde el pasado uno de enero, los responsables del aeródromo de Santiago del Monte están a la espera de que la Agencia Española de Seguridad Aérea apruebe el informe que respalde dar luz verde al ILS en su máxima categoría, la II, que permitiría a los pilotos descender hasta los 30 metros de altura sobre el umbral de la pista para decidir si puede tomar tierra o no. La gran mayoría de las compañías que operan en Asturias respaldan este sistema, si bien Iberia es su principal detractora.
Vía El Comercio Digital